La hipoteca inversa es un tipo de préstamo hipotecario un tanto particular, dirigido a personas mayores de 65 años o dependientes que sean propietarios de una vivienda.
Al contrario que en la hipoteca convencional, en este caso es el titular quien recibe del banco una cantidad a cambio de la vivienda (normalmente en forma de renta mensual). La ventaja es que puede seguir utilizándolo hasta su fallecimiento y en ningún momento pierde la propiedad de su vivienda.
El importe de la renta a percibir dependerá de varios factores, como el valor de la vivienda, la edad de la persona que contrata el préstamo y de su cónyuge y la elección que se haga entre recibir la renta por un periodo determinado o de forma vitalicia. Es frecuente que las entidades comercializadoras ofrezcan la contratación simultánea de un seguro de renta vitalicia, con el fin de garantizar que los mayores puedan percibir esa renta complementaria hasta su fallecimiento, si así lo desean.
La entidad que concede la hipoteca inversa no puede exigir la devolución de la deuda acumulada mientras no fallezca su titular o el último de los beneficiarios de este sistema de crédito, según se haya establecido en el contrato.

¿QUÉ OCURRE CON LOS HEREDEROS?
Al fallecimiento del titular, a los herederos les corresponde tanto la propiedad de la vivienda como la deuda acumulada con la entidad financiera, y disponen de dos opciones:
- Quedarse con la vivienda: Para ello deben liquidar la deuda con la entidad, devolviendo el dinero prestado. Si no disponen de patrimonio para hacerlo pueden financiarse mediante la constitución de una hipoteca normal sobre la vivienda, por el importe de la deuda.
- Venderla: En este caso el importe de la venta se utiliza para saldar la deuda contraída por los titulares de la hipoteca inversa. Si la cantidad no es suficiente para satisfacer la deuda acumulada, la entidad puede instar la venta de otros bienes de la herencia.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS Y QUÉ OPCIONES HAY?
Para acceder a este producto se debe ser mayor de 65 años y el valor mensual que recibes depende del valor de la vivienda y la edad del solicitante, pues entre más avanzada sea la edad mayor es la renta.
Algo para destacar de la hipoteca inversa es que maneja tres tipos de rentas, dependiendo de las necesidades de quienes decidan usarla:
- VITACILIA: recibes una renta mensual hasta el fallecimiento. En este caso la renta es menor a la hipoteca inversa temporal, en especial dependiendo la edad de quien la solicita.
- TEMPORAL: en este caso se recibe un dinero durante un periodo negociado, el monto máximo que se recibe es el del valor de la vivienda. Este tipo se recomienda entre más edad tenga la persona, pues resulta más lucrativa.
- RENTA ÚNICA: en este caso se recibe el valor total del valor de la vivienda una única vez.
El valor del monto mensual dependerá de varios factores como:
- El avalúo de la vivienda
- La edad de los solicitantes del producto
- La modalidad de hipoteca inversa seleccionada
¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A UNA HIPOTECA INVERSA?
La edad mínima para acceder es de 65 años. No obstante, cada uno de los actores que ofrecerán el producto podrán establecer en sus reglamentos edades mínimas que se encuentran por encima de este rango. No existe una edad máxima para poder celebrar el contrato de hipoteca inversa.
¿APLICA PARA TODOS LOS ESTRATOS?
Sí, aplica para todas las personas mayores de 65 años sin distinción de estrato o ingresos.
En definitiva, la hipoteca inversa constituye una alternativa para complementar la pensión. Como se trata de un préstamo, estos ingresos mensuales adicionales no tributan en el IRPF (impuesto sobre la renta).